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Nuestra tarea es hacer valer los derechos de los consumidores

Sus derechos como consumidor

Conozca los derechos que lo protegen al adquirir bienes o servicios.

Sus responsabilidades

Aprenda las obligaciones que tiene como consumidor para fomentar un consumo responsable.

Entidades de protección

Infórmese sobre las instituciones que defienden sus derechos.

Conozca sus derechos y deberes como consumidor

Así como la Constitución Política y otras leyes establecen claramente nuestros derechos y obligaciones como ciudadanos, en nuestra faceta de consumidores también disponemos de derechos y deberes específicos, los cuales están consagrados en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011). La Ley 1480 de 2011 “Por medio de la cual se expide el Estatuto del Consumidor y se dictan otras disposiciones” regula los derechos y las obligaciones surgidas entre los productores, proveedores y consumidores, así mismo, las normas contenidas en la citada ley son aplicables en general a las relaciones de consumo. En ese sentido, el Estatuto del Consumidor tiene como objetivos proteger, promover y garantizar la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores, así como amparar el respeto a su dignidad y a sus intereses económicos. El Estatuto del Consumidor abarca los siguientes cinco temas: La protección de los consumidores frente a los riesgos para su salud y seguridad. El acceso de los consumidores a una información adecuada - de acuerdo con los términos de esta Ley que les permita hacer elecciones bien fundadas. La educación del consumidor. La libertad de constituir organizaciones de consumidores y la oportunidad para esas organizaciones de hacer oír sus opiniones en los procesos de adopción de decisiones que las afecten. La protección especial a los niños, niñas y adolescentes, en su calidad de consumidores, de acuerdo a lo establecido con el código de infancia y adolescencia.

Recibir el producto de conformidad con las condiciones que establece la garantía legal, las que se ofrezcan y las habituales del mercado.

Derecho a que los productos no causen daño en condiciones normales de uso y a la protección contra las consecuencias nocivas para la salud, la vida o la integridad de los consumidores.

Obtener información completa, veraz, transparente, oportuna, verificable, comprensible, precisa e idónea respecto de los productos que se ofrezcan o se pongan en circulación , así como sobre los riesgos que puedan derivarse de su consumo o utilización, los mecanismos de protección de sus derechos y las formas de ejercerlos.

Reclamar directamente ante el productor, proveedor o prestador y obtener reparación integral, oportuna y adecuada de todos los daños sufridos, así como tener acceso a las autoridades judiciales o administrativas para el mismo propósito, en los términos de la presente ley. Las reclamaciones podrán efectuarse personalmente o mediante representante o apoderado.

Ser protegido de las cláusulas abusivas en los contratos de adhesión, en los términos de la presente ley.

Elegir libremente los bienes y servicios que requieran los consumidores.

Organizarse y asociarse para proteger sus derechos e intereses, elegir a sus representantes, participar y ser oídos por quienes cumplan funciones públicas en el estudio de las decisiones legales y administrativas que íes conciernen, así como a obtener respuesta a sus peticiones.

Los consumidores tienen derecho a hacerse representar, para la solución de las reclamaciones sobre consumo de bienes y servicios, y las contravenciones a la presente ley, por sus organizaciones, o los voceros autorizados por ellas.

Los consumidores, sus organizaciones y las autoridades públicas tendrán acceso a los medios masivos de comunicación, para informar, divulgar y educar sobre el ejercicio de los derechos de los consumidores.

Entidades de protección al consumidor

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Superintendencia de Industria y Comercio
Red Nacional de Protección al Consumidor
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Consejo Distrital de Protección al Consumidor