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La alimentación adecuada es un derecho de todos

En Colombia, alimentarse bien no es un privilegio: es un derecho.
Con la modificación del artículo 65 de la Constitución Política, a través del Acto Legislativo 01 del 6 de febrero de 2025, el Estado reconoce y fortalece su deber de garantizar que todas las personas tengan acceso a una alimentación adecuada como un derecho fundamental.

Esto significa que el Estado debe trabajar de manera progresiva para que nadie pase hambre y para prevenir todas las formas de malnutrición. Además, debe hacerlo teniendo en cuenta la diversidad cultural y territorial del país, promoviendo la seguridad, soberanía y autonomía alimentaria, así como la reducción de la pérdida de alimentos.

Para lograrlo, también se compromete a proteger la producción de alimentos y a apoyar a quienes hacen posible que lleguen a nuestras mesas: campesinos, pescadores, productores agropecuarios y otros sectores clave. Asimismo, debe fortalecer la infraestructura, la investigación y el desarrollo tecnológico, garantizando alimentos suficientes, nutritivos y sostenibles en todo el territorio.

En conclusión, esta modificación constitucional no sólo amplía la protección legal frente al hambre y la malnutrición, sino que consolida la alimentación adecuada como un derecho fundamental con protección reforzada y prioritaria. Este cambio exige a las autoridades implementar políticas públicas integrales y sostenibles para garantizar el acceso universal a alimentos nutritivos, promover la seguridad alimentaria y apoyar los medios de producción nacionales, en beneficio de toda la población colombiana.

Este avance sitúa a Colombia entre los países líderes en América Latina que reconocen expresamente el derecho a la alimentación adecuada en su constitución, generando un precedente importante para la construcción de una sociedad más justa, equitativa y saludable en la región.

Ruta de denuncia

El formulario de denuncia es un instrumento que busca facilitar la denuncia ante las autoridades de situaciones irregulares que incumplen con el reglamento técnico del Etiquetado Frontal Octogonal de Advertencia de Bebidas y Productos Comestibles Ultraprocesados envasados o empacados para el consumo humano. Estas irregularidades pueden constituir un riesgo irrazonable para tu salud, así como una violación del derecho de acceso a información clara, veraz, oportuna, visible, idónea y suficiente sobre componentes de alimentos.

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El consumidor identifica una irregularidad
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El consumidor envía su denuncia a Consumidores Tal Cual
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Consumidores Tal Cual analiza la denuncia
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Consumidores Tal Cual comunica la procedencia al consumidor
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Si la denuncia procede, se presenta ante la entidad o autoridad correspondiente
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La entidad envía respuesta a Consumidores Tal Cual
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Consumidores Tal Cual analiza la respuesta
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Consumidores Tal Cual se comunica con el consumidor que hizo la denuncia

Formulario de denuncia

Acompáñenos a exigir ante el INVIMA el cumplimiento del etiquetado frontal octagonal de advertencia en los Productos y Bebidas Ultraprocesados.

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